
Alzamientos de Bienes
El delito de alzamiento de bienes viene regulado en los artículos 257 y siguientes del Código Penal, se trata de delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
El alzamiento de bienes es un delito que comete la persona que, habiendo contraído deudas, oculta o hace desaparecer todos o parte de sus bienes con la finalidad de que el acreedor no cobre su deuda. El delito de alzamiento bienes puede ser realizado tanto por personas físicas como jurídicas, por ejemplo, una sociedad limitada.
El delito de alzamiento de bienes básico será castigado con penas de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
A modo de ejemplo podemos citar las siguientes formas de alzamiento de bienes:
- Venta del patrimonio del deudor.
- Venta en la que el pago es ficticio.
- Capitulaciones matrimoniales acordando el régimen económico matrimonial de separación de bienes con el fin de atribuir los bienes al cónyuge no deudor.
- Divorcios ficticios, con la misma finalidad anterior.
- Venta o donaciones del deudor a favor de parientes o amigos.
- Ocultación o destrucciones de bienes muebles.
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